· Será dinámico y permitirá a la ciudadanía formular preguntas a través del portal www.entralealdebate.mx: consejero Gilberto Bátiz
· También se aprobaron los Lineamientos para los debates públicos entre candidatos/as a miembros de Ayuntamiento y Diputaciones Locales.
· El Consejo General declaró improcedente la candidatura independiente al cargo de Gobernador, de Lenin Ostilio Urbina Trujillo, por diversas irregularidades en las cédulas de firmas de apoyo ciudadano.
El Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas, aprobó las Bases Generales del Modelo para el Desarrollo de los Debates a la Gubernatura y Lineamientos para la organización de debates entre candidatos de Ayuntamientos y Diputaciones Locales.
El Presidente de la Comisión Provisional de Debates, el consejero electoral Gilberto de Guzmán Bátiz García, manifestó que dentro de las bases, se aprobó fecha, hora y lugar de los dos debates a la Gubernatura, a realizarse el 13 de mayo y 10 de junio, a las 20 horas, con sede en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, que tendrán una duración máxima de hasta 90 minutos.
Señaló que los dos debates se desarrollarán en un formato más dinámico y flexible, denominado “Town Hall”, con base en temas y subtemas delineados a partir de las preferencias ciudadanas, bajo los rubros de política, sociedad y economía. Exhortó a las y los ciudadanos a ingresar al portal www.entralealdebate.mx, para formular preguntas directas para los candidatos a la Gubernatura.
“Tal como vimos en el debate presidencial, se están volteando a ver modelos de debates con formatos mucho más dinámicos donde se exige una mayor interacción entre los moderadores y una mayor preparación de los candidatos. Ese es nuestro modelo desarrollado y una de las novedades que tendrán nuestros debates es que los moderadores, no solo se enfocan a llevar el orden y dar la palabra a los participantes; tendremos moderadores que podrán estimular, aclarar confusiones e intervenir haciendo preguntas y comentarios con el fin de hacer un debate más dinámico”, indicó.
Respecto a los Lineamientos para la organización de debates públicos entre candidatos/as a miembros de Ayuntamiento y Diputaciones Locales, serán los Órganos Desconcentrados quienes promoverán la organización de debates en sus respectivos ámbitos de competencia, apoyando en la preparación, desarrollo y logística de los mismos, así como garantizando que los mismos se desarrollen en observancia de los principios de equidad y trato igualitario.
El Consejero Presidente Oswaldo Chacón Rojas, destacó que el debate fortalece el voto informado al dar información útil para el ciudadano que votará el 1 de julio. Aclaró que los formatos para los debates a Diputaciones y Ayuntamientos serán definidos por los propios organizadores, de quienes esperan privilegien esquemas dinámicos y participativos.
Este mismo día, el Consejo General declaró improcedente la candidatura independiente al cargo de Gobernador del Estado, de Lenin Ostilio Urbina Trujillo, derivado de los resultados del Procedimiento Especial Sancionador, por diversas irregularidades en las cédulas de firmas de apoyo ciudadano.
El Presidente de la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias, el consejero electoral Gilberto de Guzmán Bátiz García, detalló que de las visitas domiciliarias, habiendo agotado el 10% de la selección aleatoria, son 2 mil 198 manifestaciones de personas que declararon no haber apoyado al aspirante de las 4 mil 924 visitas que se realizaron, esto es casi el 45% de las visitas. Si dejamos de lado este 55% restante, son 2 mil 432 ciudadanos que no se encontraron por la lejanía que ello implicaba y el difícil acceso, además, de la falta de recursos humanos y económicos que este Instituto tuvo para llevar a cabo dicha afronta. “De esos 1,198 entrevistados, únicamente 294 dijeron sí haber apoyado el aspirante. El 88% de las personas que se entrevistaron, manifestaron no haber brindado dicho apoyo. Es de resaltar que sólo se pudo visitar al 68% de los domicilios, sin que se deje de lado el derecho de audiencia que el candidato tuvo para la verificación de esta documentación”.
La conducta irregular atribuida a Urbina Trujillo, fue por la presentación de 36 copias de credencial de elector con fotografía y cédula con firma de apoyo ciudadano que pertenecían a personas fallecidas; 7 bajas por cancelación de trámite; 1 baja por datos irregulares; 5 bajas por duplicado en el padrón; 2 bajas por suspensión de derechos; 19 repetidos; 78 registrados en padrón, no así en lista nominal; 92 fuera del ámbito geográfico; 2 mil 190 manifestaciones de no haber apoyado al aspirante de 4 mil 924 visitas, esto es, 44.63 por ciento de las visitas, incluyendo 2 mil 432 ciudadanos que no se hallaron. Además, en estas visitas se localizaron, además de las 36 iniciales, otras 8 personas fallecidas que se dijo, prestaron su apoyo al aspirante.
Al respecto el Consejero Presidente Oswaldo Chacón Rojas, destacó que el 95 por ciento de ciudadanos negaron haber dado este apoyo a los aspirantes, “el punto es, razonar que las irregularidades que se presentaron son los suficientemente graves como para cancelar el derecho al sufragio pasivo o no. Este tipo de situaciones por difíciles que sean, estamos obligados como autoridad electoral a tomar decisiones firmes y contundentes, de tal suerte, que en los próximos procesos electorales, este tipo de prácticas se vayan erradicando”.
La consejera electoral Blanca Estela Parra Chávez, señaló que este órgano electoral constató una violación grave, ya que de acuerdo a la constancia que obra en el expediente administrativo del Procedimiento Especial Sancionador, presentó información falsa de manera intencional para obtener de manera irregular su registro como candidato independiente a gobernador del estado.
Del resultado de las verificaciones domiciliarias, Urbina Trujillo, es plenamente responsable del incumplimiento a los artículos 109 del Código de Elecciones y Participación Ciudadana y 46 y 57 de los Lineamientos que Regularán el Procedimiento para el Registro de Candidaturas Independientes al cargo de Gobernador. Por lo anterior, se impone a Lenin Ostilio Urbina Trujillo, como sanción la cancelación del registro de candidato a Gobernador del estado, cuyo registro había quedado condicionado a la culminación de la verificación del Apoyo Ciudadano, en el Acuerdo número IEPC/CG-A/054/2018, del 29 de marzo de este año.
Durante la sesión, el pleno también aprobó la resolución respecto del Procedimiento Especial Sancionador, iniciado en contra de Horacio Culebro Borrayas, por la conducta realizada durante el periodo para la captación de apoyo ciudadano del 18 de enero al 24 de marzo de este año, dentro del periodo autorizado y ampliado para esos efectos por el Consejo General del IEPC, para el Registro de Candidaturas Independientes al cargo de Gobernador.
La conducta irregular obra en la presentación de 62 cédulas de apoyo ciudadano de personas fallecidas; 148 cédulas que no se encontraban en la lista nominal, solo en padrón electoral; 333 cédulas fuera del ámbito geográfico electoral; 120 cédulas duplicadas; y de 1,828 cédulas de ciudadanos que manifestaron no haber otorgado su apoyo al ciudadano denunciado.
Culebro Borrayas, será acreedor a una multa cinco mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a razón 80 mil 60 pesos, que equivale a 403 mil pesos.
El IEPC califica de graves las conductas de Lenin Ostilio Urbina Trujillo y de Horacio Culebro Borrayas, por atentar contra las leyes electorales al momento de recabar el apoyo ciudadano.