Aprueba IEPC solicitudes de convenios de candidatura común para Diputaciones y miembros de Ayuntamientos



·        Se aprueba candidatura común integrada por PRI, PVEM, Nueva Alianza, Chiapas Unido y Podemos Mover a Chiapas, para la elección de Ayuntamientos.
·        Para Diputados (as) se aprobaron las solicitudes del PRI y Nueva Alianza; y de PVEM, Chiapas Unido y Podemos Mover a Chiapas.
·        Tendrán un plazo de 72 horas para subsanar observaciones.

El Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas, aprobó la procedencia de tres solicitudes de convenios de Candidatura Común suscritos por los diferentes partidos políticos, para la elección de Diputados (as) y miembros de Ayuntamientos, en el Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018.

El Consejero Electoral Manuel Jiménez Dorantes, presidente de la Comisión Permanente de Asociaciones Políticas, explicó respecto de la solicitud presentada por los partidos políticos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México, Nueva Alianza, Chiapas Unido y Podemos Mover a Chiapas, para el cargo de Ayuntamientos en 30 municipios, resultó procedente debido a que cuenta con los elementos suficientes, en el sentido de que cumplieron los requisitos y criterios establecidos en el marco normativo aplicable.

Explicó que a estos partidos políticos se les otorgó un plazo de 72 horas, contadas a partir de la notificación de la resolución, para manifestar cuáles serán las fórmulas por las que postularán candidatos en 28 de los 30 municipios, “puesto que en el Acuerdo de candidatura común ya establecieron lo conducente para los municipios de Tuxtla Gutiérrez y Tapachula, indicando el partido político al que pertenecerán esos candidatos”.

Por otra parte, con base en lo que establece la fracción V, del artículo 61 del Código de Elecciones, señaló que los partidos políticos que suscribieron el acuerdo correspondiente, independientemente de las fórmulas que integren en la postulación de candidatos comunes, no podrán postular candidatos propios en aquellos ayuntamientos donde exista candidatos comunes de los que ellos formen parte con base en el Acuerdo aprobado; tomando en cuenta que una vez transcurrido el plazo señalado, esta autoridad electoral determinará lo que conforme a la normatividad electoral corresponda respecto de la candidatura común que se analiza.

La segunda solicitud de convenio de Candidatura Común aprobada por el Consejo General, corresponde a los partidos Revolucionario Institucional y Nueva Alianza, para la elección de Diputados Locales, quienes solicitaron el registro en 22 distritos electorales uninominales.

Jiménez Dorantes indicó que, de conformidad con los Lineamientos aplicables, los partidos políticos que busquen a través de la modalidad de candidaturas comunes participar en el presente proceso electoral, tienen el límite máximo para el caso de diputados hasta por cinco distritos, por lo que de conformidad con la resolución de mérito, se les requirió a los partidos integrantes que en un plazo de cinco días, designen los distritos correspondientes de conformidad con los límites de los Lineamientos al que deberán sujetarse los partidos políticos que pretendan postular candidatos; y que en caso de no cumplir con ello, esta autoridad electoral resolverá que no existe voluntad para llevar a cabo la candidatura común.

“A ésta alianza también se les otorgará un plazo de 72 horas contadas a partir de su notificación, para que designen los distritos correspondientes de conformidad con los límites de los Lineamientos al que deberán sujetarse los partidos políticos que pretendan postular candidatos bajo la modalidad de Candidatura Común; en caso de no cumplir, esta autoridad electoral resolverá que no existe voluntad para llevar a cabo dicha candidatura”, añadió.

Expuso que durante la sesión, el Consejo General, decretó procedente el registro del Acuerdo de Candidatura Común presentado por los Partidos Políticos, Verde Ecologista de México, Chiapas Unido y Podemos Mover a Chiapas, para el cargo de Diputaciones Locales por el principio de mayoría relativa. Siendo requeridos para que se ajusten al límite máximo de participación en esta modalidad de hasta cinco distritos uninominales.

Reiteró que estos partidos también tendrán un plazo de 72 horas contadas a partir de su notificación, para las modificaciones al contenido del Acuerdo de candidatura común, asimismo, deberán informar a este Organismo Público Local, de forma clara e indubitable, respecto de las adecuaciones requeridas en materia de aportación que cada partido político realice para las campañas electorales.

En su intervención, el Consejero Presidente Oswaldo Chacón Rojas, hizo un exhorto a los partidos políticos, para que en las definiciones de coaliciones y candidaturas comunes pidan a simpatizantes y militantes sujetarse a la información oficial del órgano electoral. “Manipular información y propagar noticias falsas, genera desánimo y desinformación en la ciudadanía, que necesita certeza y claridad durante el proceso”.